COPRED reconoce y llama a ratificar el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso laboral

Publicado el 23 Junio 2021

Pronunciamiento 010

Ciudad de México, a 23 de junio de 2021

El Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), primer tratado internacional en materia de acoso y violencia laboral de obligatorio cumplimiento para los Estados Parte, establece una guía y pasos a seguir para gobiernos, empleadores y sindicatos en la prevención y atención de estas conductas.

El Convenio entrará en vigor este 25 de junio, tras ser adoptado en junio de 2019, junto con la recomendación 206, que llama a aplicar un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para abordar la violencia y el acoso laboral en la legislación relativa al trabajo y el empleo, la seguridad y salud en el trabajo, y la igualdad y la no discriminación.

Este instrumento será un referente importante en la materia, pues reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo es incompatible con el trabajo digno y representa una amenaza para la igualdad de oportunidades. Al mismo tiempo, implica un cambio de paradigma al promover un enfoque inclusivo e integrado, con perspectiva de género, que no sólo atienda y solucione los casos de violencia y acoso, sino que establezca un marco de acción para prevenir este fenómeno en los centros de trabajo y combatir la problemática de manera estructural.

En México, la violencia y el acoso laboral tienen profundas afectaciones en las vidas de las personas trabajadoras, sobre todo de mujeres y otros grupos en situación de vulnerabilidad. En 2019, la directora del Programa de Sexualidad, Salud y VIH de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Gloria Careaga Pérez, reportó que el 80% de las personas trabajadoras han sufrido algún nivel de acoso, y el 74% de ellas señala que es por parte de sus superiores.

En tanto, INTERSECTA, organización especialista en la materia, destaca que cerca de 23 mil 542 personas abandonaron su lugar de trabajo por situaciones de acoso, es decir, una tasa de 43.5 personas por cada 100 mil ocupadas, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del primer trimestre del 2019. También señala que se trata de una problemática que no ha sido resuelta en la última década, pues en 2010 la tasa de abandono laboral por acoso ascendía a 43.9 personas por cada 100 mil ocupadas, mientras que en el año inmediato anterior fue de 43.5.

Es importante subrayar que si bien el acoso y la violencia laboral no son problemas nuevos y han sido motivo de diversos esfuerzos, desde distintos sectores, para echar a andar mecanismos que sancionen y combatan estas conductas, la realidad es que no existen suficientes avances para vislumbrar que en el corto plazo se garanticen espacios de trabajo libres de violencia.

Otro problema es la falta de denuncia, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, que señala que sólo el 6% de las personas agraviadas por hechos de acoso u hostigamiento laboral decidió levantar una denuncia formal; de ellas, 6 de cada 10 denunciaron ante una autoridad de su trabajo o ante el sindicato.

La violencia y el acoso laboral vulneran también el espacio de trabajo, y afectan la productividad y el ambiente laboral, lo que generalmente se traduce en pérdidas económicas para las empresas.

Por otro lado, de acuerdo con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), la violencia hacia las mujeres es una forma de discriminación que impide gravemente que gocen de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre.

Hasta hoy, seis países han ratificado el Convenio 190 de la OIT: Argentina, Ecuador, Fiji, Namibia, Somalia y Uruguay. Por ello, el COPRED hace un respetuoso llamado al Estado mexicano a adherirse a este instrumento, y se suma a la campaña que realiza la OIT esta semana para que los Estados adquieran los compromisos del tratado, necesarios al interior de una sociedad democrática y protectora de los derechos humanos de todas las personas.

Es igualmente indispensable que las empresas que operan en México revisen el Convenio e impulsen cambios dentro de éstas con un enfoque integral, interseccional, inclusivo y de derechos humanos, con miras a combatir las desigualdades estructurales que se reproducen en los espacios laborales.

El COPRED realiza diversas acciones en la materia; en particular, en junio se inició un taller especializado con empresas del Gran Acuerdo por el Trato Igualitario (plataforma de vinculación con el sector privado) sobre el enfoque inclusivo e integrado de la OIT para prevenir el acoso sexual laboral, de conformidad con el Convenio 190.

Además, desde mayo de 2019 este Consejo atiende, en el ámbito de sus atribuciones, denuncias de casos de acoso u hostigamiento sexual cometidos en el espacio laboral público o privado, para que en esos espacios se implementen políticas destinadas a prevenir y eliminar estas prácticas discriminatorias, y se logre un proceso de mediación para la restauración, reparación del daño y establecimiento de medidas de no repetición.

Todo ello con independencia de los procesos penales que correspondan por delitos contra la libertad, seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, los cuales son investigados por el Ministerio Público, para lo cual otras dependencias del Gobierno de la Ciudad de México han implementado medidas específicas.

Así, reiteramos nuestro compromiso de contribuir de manera permanente en la construcción de espacios libres de hostigamiento, acoso y otras formas de violencia laboral, y subrayamos la necesaria adopción de normas internacionales que promuevan la igualdad y la no discriminación en los entornos laborales.

                            --000--