Indispensable garantizar la inclusión de los pueblos originarios

Publicado el 09 Agosto 2019
  • El Movimiento Nacional por la Diversidad Cultural de México llama a ratificar la Convención Interamericana contra el Racismo
  • Abatir la brecha de discriminación, el reto.

Ciudad de México, 9 de agosto de 2019. En el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, el Movimiento Nacional por la Diversidad Cultural de México (MNDCM) hace un llamado al Estado mexicano a impulsar la firma y ratificación de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y las Formas Conexas de Intolerancia.

Instrumentos internacionales como éste, dan al Estado Mexicano autoridad moral y son un sustento legal importante para avanzar hacia una cultura de respeto que permita enfrentar el resurgimiento del discurso de odio y discriminación, agudizado ante el creciente fenómeno de movilidad humana.

El MNDCM recuerda que muchos connacionales provenientes de pueblos indígenas migran hacia Estados Unidos y hacia distintas ciudades de México en busca de mejores oportunidades de vida. Y en ese camino, son víctimas de conductas discriminatorias que vulneran su dignidad y sus derechos.

En 1994, el 9 de agosto fue declarado por la Organización de las Naciones Unidas como Día Internacional de los Pueblos Indígenas y es una ocasión propicia para redoblar esfuerzos en el combate contra la discriminación que aún persiste en nuestra sociedad hacia estas comunidades y sus integrantes.

De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Discriminación 2017(ENADIS), los derechos que más se vulneran a las personas indígenas son al trato digno, a una vida libre de violencia, al acceso a igualdad de oportunidades y al trabajo.

En ese tenor, cabe subrayar que la principal causa de los actos discriminatorios contra este sector de la población es su origen étnico.

Las leyes y los hechos

A partir de 2001, México ha avanzado en el reconocimiento legal de los derechos de los pueblos indígenas: la Reforma al artículo 2º de su Constitución Política y las reformas correspondientes a las Constituciones Estatales, la creación de las Leyes Generales de los Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y la de Desarrollo Social, así como las Ley de Desarrollo Rural Sustentable, entre otras. Así mismo se ha creado en la presente administración el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) que sustituye a la Comisión de Desarrollo Indígena (CDI) y la Ciudad de México cuenta con la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes (SEPI), mientras que en algunas otras entidades de la República se tiene instancias relativas al tema dentro de alguna otra secretaría local.

Asimismo, se han establecido normas para la atención a los derechos colectivos, como es el caso del Protocolo de la Consulta Libre, Previa e Informada para el proceso de Reforma Constitucional y Legal sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano; se avanza en la materia con iniciativas legislativas, como la que actualmente se discute en el Senado para la protección a sus creaciones culturales; además de que en la reciente reforma educativa se ha incluido la interculturalidad como uno de sus elementos fundamentales y más novedosos.

Es importante recordar que este mes, concluyeron 54 foros de consulta regionales organizados por el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, para reformar el artículo 2º Constitucional.

Dentro de ese universo de acciones afirmativas del Estado, es posible identificar iniciativas innovadoras en la armonización legislativa de la Ciudad de México con los estándares internacionales de derechos humanos; es el caso de la Constitución de la Ciudad de México, cuya redacción con lenguaje inclusivo posibilita la ampliación de protección, garantía, respeto y promoción de los derechos humanos, en tanto reconoce la naturaleza intercultural, pluriétnica, plurilingüe y pluricultural de la Ciudad sustentada en sus habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes.

Este ejemplo normativo advierte la multiplicidad de tradiciones y expresiones socioculturales de la Ciudad, que además admite que esa diversidad se enriquece con el tránsito, destino y retorno de la migración nacional e internacional.

Asimismo, la carta de derechos de la Ciudad de México considera como grupo de atención prioritaria a las personas de identidad indígena y afromexicana residentes o en tránsito, y establece que todas las autoridades de la capital deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de estas poblaciones.

En razón de lo anterior, el MNDCM sostiene que el reconocimiento constitucional logrado, requiere el respeto de los sistemas normativos propios de esas comunidades y de su derecho a mantener, administrar, proteger y desarrollar sus territorios ancestrales, su patrimonio cultural y sus sistemas o instituciones políticas, económicas y sociales.

Para disminuir la brecha de discriminación en México, es importante continuar avanzando en la ampliación de las capacidades presupuestarias y humanas para atender las necesidades de los pueblos indígenas, lo que implica su inclusión en el diseño de las políticas públicas que les conciernen, así como su mayor participación en el ámbito político y de toma de decisiones en todos los niveles de gobierno.

Asimismo, en el terreno de los programas públicos, se requiere la contratación de personal capacitado y la emisión creciente de información en lenguas indígenas, entre otros elementos.

Un ámbito que merece especial atención es el de acceso a la justicia y el derecho al debido proceso, en el que debe hacerse realidad el derecho de las personas que se identifican como indígenas a ser asistidas siempre por una persona intérprete capacitada no sólo en el conocimiento de su lengua materna, sino de su cultura.

Datos

  • 25.7 millones de personas en México (21.5% de la población nacional) se autoidentifican como indígenas. (Encuesta Intercensal 2015) 12.5 millones son hombres 13.2 son mujeres (INEGI 2015).

  • Los estados con la más alta población que se considera indígena son Oaxaca y Yucatán, donde representa 65.7 y 65.4% del total, respectivamente. Le siguen Campeche (44.5% de la población) y Quintana Roo (44.4%). INEGI (2015)

  • Sólo 27.6% de quienes se identifican como indígenas habla una lengua indígena. En total 7.2 millones de habitantes (6% del país) hablan una lengua indígena. En uno de cada cuatro casos, el náhuatl (INEGI 2015). Una de cada diez personas hablantes de una lengua indígena no habla español (INEGI 2015). *Más de 60% de quienes hablan alguna lengua indígena habita en localidades rurales (INEGI 2015).

  • La escolaridad promedio de las y los hablantes de una lengua indígena es de 5.7 años, lo que equivale a una educación primaria inconclusa.

  • Durante el ciclo escolar 2018-2019, un total de 58,316 docentes atendieron a 1,229,943 de niñas y niños indígenas en los niveles de educación inicial, preescolar y primaria en poco más de 21 mil escuelas en todo el país, de acuerdo a los datos recabados por la Dirección General de Educación Indígena de la Secretaría de Educación Pública.

(Fuente: CONAPRED)

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Sobre el Movimiento Nacional por la Diversidad Cultural de México (MNDC) Se constituye en 2010 y actualmente está conformado por 20 instituciones públicas locales y nacionales y la UNESCO, con el compromiso de realizar acciones concretas de difusión y en ámbitos como la investigación, la educación, la salud y el judicial, para favorecer y proteger la diversidad cultural que existe en México. CGEIB-SEP Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe de la SEP; CIESAS Centro de Investigaciones y Estudios Superiores de Antropología Social; CNAN-INAH Coordinación Nacional de Antropología; CDHDF Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México; COPRED Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la CDMX; CONAPRED Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; DGACO-UNAM Dirección General de Atención a la Comunidad; DGCPIU-SC Dirección General de Culturas Populares, Indígenas y Urbanas; DGEI-SEP Dirección General de Educación Indígena y Bilingüe; DGPLADES-SS Dirección de Medicina Tradicional y Desarrollo Intercultural de la Secretaría de Salud; INALI Instituto Nacional de Lenguas Indígenas; INE Instituto Nacional Electoral;INEA Instituto Nacional para la Educación de los Adultos; INPI Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; PGJCDMX Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México; CNAN Programa Afrodescendientes y Diversidad Cultural; PUIC-UNAM Programa Universitario de Estudios de la Diversidad Cultural y la Interculturalidad; SCCDMX Secretaría de Cultura de la Ciudad de México; SEPI Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes; UNESCO Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; UPN Universidad Pedagógica Nacional (UPN).